Las licencias para el expendio de bebidas alcohólicas (licores) son otorgadas a los contribuyentes que ejerzan operaciones con la finalidad de producir, preparar, comercializar, distribuir o servir bebidas alcohólicas, en establecimientos o vehículos.
Se entiende por bebidas alcohólicas las provenientes de la fermentación, destilación, preparación, o mezcla de productos alcohólicos de origen vegetal, con la excepción de las preparaciones farmacéuticas, jarabes o similares. Estas especies, no podrán tener una fuerza real superior de 50° Gay-Lussac (G.L.).
Según lo dispuesto en la ordenanza en materia vigente los contribuyentes pueden optar por dos tipos de licencia, las cuales son Licencia para el Expendio de Bebidas Alcohólicas en Establecimientos o Vehículos y Licencia Temporal para el Expendio de Bebidas Alcohólicas.
Para la solicitud de cualquiera de los trámites en materia de licores se debe cancelar una tasa administrativa por Solicitud y una tasa para la emisión del Permiso.